Un borrador de la megarreforma de seguridad incluye una norma que restringe acceso a prestaciones estatales de salud, educación, trabajo y previsión a condenados incluso hasta 15 años después de salir de prisión. La ministra May Chomali advirtió que podría chocar con derechos constitucionales, pero el gobierno quieren que llegue al Congreso y al menos instalar este debate.
Polémica propuesta. El borrador del proyecto del Gobierno para enfrentar la crisis de seguridad contempla en uno de sus artículos la restricción de prestaciones financiadas por el Estado en materias de salud, educación, trabajo y seguridad social para condenados por delitos vinculados al crimen organizado, narcotráfico y terrorismo.
- La norma sostiene que los responsables por esos delitos “durante el cumplimiento de su condena y por el plazo de 15 años luego de su cumplimiento, quedarán inhabilitados para acceder a cualquier prestación financiada con recursos estatales respecto de los derechos y garantías establecidos en los números 9°, 10°, 16° y 18° del artículo 19” de la Constitución.
Alerta de Chomali. En CNN Chile, visiblemente sorprendida, la ministra de Salud May Chomali señaló que se trata de un borrador cuyo contenido desconocía pero afirmó que la norma “podría generar colisión con ciertas leyes a las cuales estamos mandatados”.
- Una de esas normas —dijo Chomali— es la ley de Urgencias, que “nos obliga a nosotros atender a todas las personas, independiente de su condición, etc., frente a situaciones de riesgo vital (…) El derecho a la salud está consagrado por la Constitución”, sostuvo.
- Chomali, quien podría ser citada al Congreso durante la tramitación de la norma, espera abordar el asunto con los demás ministros involucrados para fijar una posición común.
Levantar una bandera. Cercanos al ministro de Seguridad, Martín Arrau, afirman que, pese a los cuestionamientos, la norma sí estará incluida en el proyecto de reforma constitucional que el Gobierno tiene previsto ingresar al Congreso en los próximos días, pero están conscientes de que la iniciativa tendrá modificaciones durante su tramitación.
- Ahí, señalan, se podrían precisar las circunstancias de la restricción de derechos sociales, así como sus excepciones.
- La idea, plantean, es instalar en el debate que los condenados no deben acceder a beneficios financiados por los impuestos de los ciudadanos.
- Fuentes de Gobierno afirman que tienen presente que esta iniciativa difícilmente alcanzará los votos para avanzar en el Congreso, pero que se trata de una convicción -para algunos un punto político- que quieren dejar instalada en el debate. “Hay que mostrar quiénes somos”, señala un personero de La Moneda.
Ruido oficialista. El presidente de la UDI, Guillermo Ramírez, declinó referirse a la propuesta, pero el senador Javier Macaya (UDI) señaló que “una cosa es restringir beneficios del Estado a quienes cometen delitos graves, y otra muy distinta es poner en riesgo el acceso a prestaciones esenciales como la salud. Eso hay que precisarlo y corregirlo”.
- En la interna de RN y Evópoli ha habido voces contrarias a la iniciativa, aunque hasta ahora pocos dirigentes han marcado posiciones.
- El presidente republicano, Arturo Squella, señaló que “el texto sobre el cual algunos están opinando no es real o al menos no es lo que el gobierno ha redactado (…). Si bien no se pretende excluir a nadie de prestaciones esenciales, sí es efectivo que se habilitará al legislador para que pueda establecer regímenes penitenciarios con restricciones profundas”.
Experiencia internacional. Todo apunta que para elaborar la norma el gobierno se quiso inspirar en las legislaciones de Estados Unidos e Italia, aunque en ninguno de esos países existe una ley de similares características.
- En Italia, el ordenamiento penitenciario, fue endurecido en los 90 contra la mafia, es un régimen carcelario diferenciado: restringe comunicaciones, visitas y régimen de vida dentro de la cárcel.
- Una ley de 2012 estableció la revocación de determinadas prestaciones para condenados por delitos considerados de especial alarma social -terrorismo y asociación mafiosa- como subsidio de desempleo, la asignación y pensión social y las pensiones por invalidez civil. Sin embargo, en 2021 la Corte Constitucional declaró parcialmente inconstitucional la norma.
- En EE.UU, la ley federal de 1996 impuso una prohibición de por vida de acceso a asistencia alimentaria y ayuda en efectivo a condenados por delitos graves de drogas. La norma, sin embargo, se ha modificado o eliminado en casi todos los estados.
- En El Salvador de Nayib Bukele -del cual el gobierno de Kast ha estudiado su estricto régimen carcelario- tiene altas penas y extensos arrestos para miembros del crimen organizado, pero no existe una norma equivalente que module el acceso a salud, educación o seguridad social.
- El antecedente más cercano al chileno está en Israel: desde 2025 se aprobaron leyes que revocan de forma permanente los beneficios de seguridad social a condenados por delitos terroristas graves.
Tratados internacionales. Según juristas, la restricción de estas prestaciones tensiona varios tratados vigentes para Chile. El más citado es el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (PIDESC).
- También la Convención Americana, fija en su artículo 5 la reinserción social como fin esencial de las penas.
No hay comentarios:
Publicar un comentario