El abogado constitucionalista repara en que, debido al consenso en la esfera política del desvío en las acusaciones constitucionales de su rol original (y que se arrastra desde administraciones pasadas), La Moneda quedaría blindada ante futuras ofensivas.
Tras la fallida acusación constitucional contra el exministro Nicolás Grau (en donde ninguno de los capítulos del libelo acusatorio resultó aprobado), vuelve a instalarse la discusión en la esfera política ―y que ya se vislumbraba incluso antes de la votación en la Cámara de Diputados― sobre la pertinencia de la facultad legislativa para efectuar cambios políticos. El grueso del debate, a propósito de la seguidilla de acusaciones que se arrastra de administraciones anteriores, pasa por si estas todavía tienen el carácter de ultima ratio o si se encuentran desvirtuadas de su fin original.
Hoy en Al Pan Pan de El Mostrador, con Mirna Schindler: conversamos con el abogado constitucionalista Tomás Jordán, quien analizó lo que deja en términos técnicos y políticos la ofensiva oficialista.
“Yo creo que el capítulo Acusación Constitucional deja varias lecciones. Una, yo creo que como lección, y no como circunstancia, es que promover acusaciones sin fundamento trae consecuencias (…) Y que dio lugar a que justo en la mitad del proceso de acusación un grupo transversal de parlamentarios quisiera presentar (y presentó) una reforma constitucional para modificar los requisitos y exigencias de la presentación y tramitación“, anotó el también académico de la Universidad Alberto Hurtado.
En la misma línea, Jordán reparó en el beneficio sutil que recibiría el Gobierno de José Antonio Kast frente a este consenso tácito: “Como se produce esta acusación a mata caballo, en el sentido de ir cambiando la naturaleza completa, produce el efecto de bloqueo de las acusaciones futuras, que es esta respuesta transversal, que al final, como comentábamos, de un grupo parlamentario que sabe que no podemos seguir en esta ola que vienen ya hace dos gobiernos (tanto de Presidente Piñera II como Boric) de innumerables acusaciones sin resultado, en el sentido de que opera más bien como un mecanismo de fiscalización que de responsabilidad político-jurídica”.
“Es decir, como la interpelación y la comisión investigadora no están produciendo efectos de fiscalización y control, los parlamentarios ven que el único mecanismo que funciona (o que al menos genera impacto) es la acusación. La utilizan como un instrumento más bien de control común o un control de fiscalización. No, como se expresó muchas veces por todos los constitucionalistas que participaron, como ultima ratio, como una medida de responsabilidad político-jurídica”, complementó
Asimismo, el académico subrayó que, “como nadie sabe para quién trabaja”, el fracaso de la acusación suprimió explícitamente el ánimo, tanto en buena parte de la oposición como del oficialismo, de continuar en esa senda.
“De esa manera, curiosamente, una acusación muy mal presentada, una acusación que revistió muchos defectos de forma como de fondo, con esta idea de cambiar la naturaleza de la acusación, lleva como consecuencia que beneficia, curiosamente, al gobierno que tácitamente o indirectamente, la promovió“, sentenció.
Rebaja en edad de imputabilidad penal
El abogado constitucionalista también analizó el proyecto de ley del Ejecutivo que busca reducir la edad de imputabilidad penal a 16 años en delitos graves. A juicio de Jordán, en principio la idea no es descartable, tanto por mérito propio como por la experiencia comparada. Sin embargo, destaca algunos requisitos previos.
“Estoy pensando en el modelo alemán o francés, los cuales menores de 18 años pueden ser juzgados siempre y cuando se acredite que su grado de madurez o conciencia del delito está más bien en el símil de una persona que tiene plena conciencia de lo que está cometiendo. Yo creo que eso es un punto que los expertos en derecho penal, en criminología, tienen que evaluar si esos elementos están en el proyecto y en lo buscado”, advirtió.
“El juez cuando autoriza, necesariamente va a tener que tener un grado de responsabilidad en cuanto a que la persona que va a ser juzgada tiene que ser evaluada respecto de su madurez o conciencia en atención al delito cometido”, cerró Jordán.


