27 agosto 2026

Desde $71 mil a $2,3 millones: la mora promedio de los jóvenes se multiplica 33 veces entre los 22 y 29 años


En Chile, una persona morosa debe un promedio de $4,27 millones. Entre los jóvenes, el salto es abrupto: la mora promedio pasa de $71.386 a los 22 años a $2.364.122 a los 29. Así lo revela un estudio realizado por Chiledeudas y Maat.

¿Cuánto adeudan los jóvenes chilenos? Para los de 22 años, su mora promedio es de $71.386, mientras que a los 29 años la cifra llega a los $2.364.122. Así lo muestra un estudio realizado por Chiledeudas y Maat, que contempla datos al segundo trimestre de 2026, y arroja las principales cifras de endeudamiento y morosidad en Chile.

Entre los 22 y los 29 años, el monto promedio de la mora se multiplica por 33,1. Aunque la evolución presenta algunos retrocesos, a los 26 y 28 años, la tendencia general, según el informe, es clara: en este periodo los jóvenes comienzan a acceder a créditos de mayor monto, como de consumo y automotrices, además de sus primeros financiamientos comerciales, pese a que todavía cuentan con un historial crediticio limitado.

La mora alcanza su máximo entre los 55 y 64 años y retrocede un 43,7% en la tercera edad.

De acuerdo con el reporte, el 91,3% de los morosos son personas naturales y el 75,8% del monto impago corresponde a empresas. El promedio de lo que deben las personas es de $4,27 millones versus $140,9 millones para las compañías.

Los hombres registran entre 1,7 y 2,6 veces más de mora que las mujeres

En todos los rangos etarios, los hombres son quienes registran una mora mayor, entre 1,7 y 2,6 veces más que las mujeres.

La diferencia se mantiene en todas las edades, aunque no con la misma intensidad. La menor distancia se observa entre los 35 y 44 años, cuando los hombres adeudan 1,7 veces más que las mujeres, mientras que la mayor brecha aparece después de los 65, con 2,6 veces. En el caso de los hombres, el punto más alto se registra entre los 55 y 64 años. Para las mujeres, ocurre una década antes, entre los 45 y 54.

De esos hombres morosos, solo los casados concentran el 45,9%, debiendo 4,4 veces más de lo que deben las mujeres con ese mismo estado civil. Si se considera el estado civil sin distinguir el sexo, las personas casadas ocupan el 56,3%, las solteras el 28,7% y las divorciadas el 13,1%.

Sobre la nacionalidad de los morosos, el 94% de la deuda de personas naturales corresponde a chilenos. La población extranjera aporta un 5,7% del monto y las personas nacionalizadas un 0,3%.

La economía chilena pierde fuerza: el PIB cae un 0,2% anual en el segundo trimestre


La inversión se estanca pese al optimismo que el Gobierno de Kast intenta transmitir con su megarreforma, mientras la caída de la actividad minera explica buena parte del retroceso económico entre abril y junio.

La economía chilena está en terreno negativo. El Producto Interno Bruto (PIB) ha caído un 0,2% interanual entre abril y junio, y con este resultado acumula dos trimestres en contracción, según datos del Banco Central de Chile. La cifra ha sorprendido al mercado, que estimaba un crecimiento del 0,1%, luego de que el indicador mensual de actividad económica correspondiente a junio registró preliminarmente un repunte tras cinco meses de caídas consecutivas.

En su habitual informe Cuentas Nacionales, el instituto emisor señaló que el retroceso del segundo trimestre se explica por un desplome de las exportaciones –determinado por menores envíos de bienes al exterior, en particular de cobre– y también por la variación de existencias, aunque esto fue compensado por un incremento del consumo en el país. Las actividades que han tenido peor desempeño han sido la minería y la pesca.

De este modo, el primer semestre ha quedado con un registro negativo, del 0,3%. Esto ha resucitado el debate sobre si la economía chilena ha entrado en una recesión técnica debido a que, bajo la medición interanual, el país acumuló dos trimestres consecutivos en contracción. “No, no hay recesión (técnica)”, dijo Jorge Quiroz, ministro de Hacienda.

El Banco Central de Chile, encabezado por Rosanna Costa, señaló, por otro lado, que en términos desestacionalizados, el PIB se mantuvo sin variación entre abril y junio respecto al trimestre anterior.

Las inversiones se estancaron en el segundo trimestre. La formación bruta de capital fijo (FBCF) no registró variación en el período, debido a la compensación entre una caída en la construcción y otras obras, y un aumento en la maquinaria y equipo. “En la primera, incidió una menor inversión en obras de ingeniería y en la segunda destacaron las mayores compras de equipos eléctricos y electrónicos”, según el informe.

El estancamiento se produjo a pesar del optimismo que el Gobierno de José Antonio Kast ha pretendido transmitir a los inversionistas, particularmente a través de su megarreforma aprobada en el Congreso, a principios de agosto, que apunta a una baja gradual del 27% al 23% de los impuestos corporativos y en ofrecer invariabilidad tributaria a las grandes inversiones.

Además, la desaceleración de la economía se produce después de que Chile ha sido castigado por Estados Unidos con un arancel del 12,5% a varios de los productos exportados por el país sudamericano. Esto, aunque no incluye al cobre y al litio, se ha instalado como un motivo de preocupación para la Administración de Kast que, basado en su sintonía ideológica con Donald Trump, había apostado por Washington como uno de sus principales aliados en el comercio exterior.

El cobre, el origen de la caída

El banco central aseguró que, desde la perspectiva de origen, la contracción se explicó, en gran parte, por la actividad minera que, en concreto, experimentó una variación anual del -6,4%, el mayor descenso de los rubros que componen el PIB. Es el cuarto trimestre en el que muestra números negativos.

El retroceso en la extracción de cobre —principal producto de exportación chileno— responde a la caída en las leyes del mineral y a las labores de mantención que redujeron la producción en los principales yacimientos del país.

No obstante, el propio informe del organismo matiza que el resto de la minería sí logró crecer, apoyada en la extracción de litio, oro y plata. Según detalla el documento, en el caso del litio el resultado reflejó mayores leyes del mineral y mejoras operacionales, mientras que en el del oro incidió la puesta en marcha de una nueva faena durante el año anterior.

Daniel Mas, biministro de Economía y de Minería, dijo que los números del segundo trimestre reflejaban que han enfrentado “un semestre exigente, marcado especialmente por desafíos estructurales y operacionales en la minería y en la pesca”.

La autoridad explicó que, al mismo tiempo, el dinamismo del sector no minero, que subió un 0,7% (impulsado por los servicios personales y el comercio), confirma que la economía chilena tiene resiliencia y capacidad para crecer. “Como Gobierno vamos a acelerar el paso, destrabar inversiones, impulsar proyectos, entregar certezas para recuperar nuestra capacidad productiva y generar más empleo”.

Acusaron a carabinero de llevarse $12 mil en productos sin pagar de Pronto Copec y fue dado de baja: Apeló pero Suprema rechazó


La Corte Suprema confirmó la baja inmediata de un carabinero investigado por un presunto hurto en una tienda Pronto Copec.

Un cabo primero de Carabineros fue apartado inmediatamente de la institución luego de ser denunciado por un presunto hurto ocurrido mientras estaba de servicio en una tienda Pronto Copec de Concepción. La Corte Suprema confirmó el rechazo del recurso con que el funcionario buscaba dejar sin efecto la medida adoptada en su contra.

Según su versión, compró productos y pagó parte mediante una tarjeta de débito y otra parte utilizando la aplicación móvil de Copec.

El funcionario aseguró que posteriormente fue advertido de que una operación no se había procesado correctamente.

Regresó al local y pagó cerca de $12.420, atribuyendo lo ocurrido a un problema de sincronización o visualización de la aplicación. Sin embargo, el hecho fue denunciado por presunto hurto falta y quedó bajo investigación.

Carabineros entregó una versión distinta. La institución afirmó que las cámaras de seguridad mostraban al funcionario retirando distintos productos y simulando escanearlos en una máquina de autoservicio, pero pagando únicamente una barra de proteína de $1.790. Después de realizada la denuncia, regresó a las 12:31 horas y canceló los $12.420 restantes.

La institución agregó que la administradora informó que dos días antes el mismo funcionario habría protagonizado un episodio similar con una bebida energética. Con estos antecedentes, la Prefectura de Carabineros de Concepción dictó una resolución exenta y dispuso su baja inmediata por conducta mala.

¿Qué decidió la Corte de Apelaciones?

El funcionario recurrió ante la Corte de Apelaciones de Concepción, alegando que su separación era prematura y que no se había determinado su responsabilidad penal ni administrativa. También sostuvo que podía perder la vivienda fiscal ocupada por su familia y que dejaría de recibir sus remuneraciones.

La Primera Sala de la Corte de Apelaciones de Concepción, integrada por los ministros Claudio Gutiérrez y Antonella Farfarello y el abogado integrante Gunther Besser, rechazó el recurso. El tribunal estableció que la baja era una medida “excepcional y transitoria, de carácter condicional”, sujeta al resultado del sumario administrativo.

La Corte precisó que, si ese procedimiento termina con una sanción distinta de la baja, el carabinero deberá ser reincorporado en su grado y podrá recibir retroactivamente las remuneraciones correspondientes. Además, consideró que la decisión no era ilegal ni arbitraria.

¿Qué decidió la Corte Suprema?

Finalmente, la Tercera Sala de la Corte Suprema confirmó esa sentencia. La decisión fue adoptada por los ministros Jean Pierre Matus y Omar Astudillo, la ministra suplente María Carolina Catepillán y las abogadas integrantes María Angélica Benavides y Andrea Ruiz.

Una dictadura constitucional


¿Qué decir de un Presidente que puede, por su sola voluntad unilateral y por hasta 240 días, suspender la libertad personal de las personas e interceptar sus comunicaciones, suspender el derecho de asociación y de reunión? La palabra habitual para describir esto es “dictadura”.

El gobierno ha presentado un proyecto de reforma constitucional de seguridad, una semana después de haberlo firmado el Presidente de la República y después de que un borrador inicial del mismo circulara informalmente. A pesar de que el proyecto presentado difiere del que circuló en algunas cuestiones especialmente objetables, lo que se ha presentado es una reforma que buscar crear una dictadura constitucional.

Antes de comentar el contenido de esa reforma propuesta, no puede dejar de notarse que sabemos positivamente que la agenda de seguridad del gobierno, en su conjunto, es una agenda improvisada. El nombramiento y la remoción de la ministra Steinert dejaron en claro que, más allá de las promesas metabólicas o hiperbólicas de la campaña, el gobierno actual asumió el poder sin un diseño pensado al respecto. Lo que ahora vemos, entonces, son las manifestaciones de un plan improvisado que busca espectáculo antes que eficacia, como lo muestra por lo demás el llamado “Plan cancerbero”.

Ahora existen señales de que el Gobierno podría echar pie atrás con este proyecto, aunque esa decisión todavía no se ha materializado. Sus partidarios han celebrado esta disposición como una demostración de su carácter democrático y de apertura al diálogo. Sin embargo, lo que realmente revela es la magnitud de los problemas que contiene la iniciativa. Por eso, pese a cualquier eventual modificación, resulta necesario revisarla, al menos para dejar registro de una pretensión inicial que apuntaba a establecer una suerte de dictadura constitucional.

La gravedad del proyecto es precisamente lo que vuelve relevante el debate sobre el “iliberalismo” del gobierno de Kast. Esta discusión permite identificar hasta qué punto algunos de quienes declaran defender la “democracia liberal” están dispuestos a aplicar ese principio de manera consistente. En efecto, quienes, después de conocer la propuesta, siguen sosteniendo que no existe “ningún atisbo de iliberalismo en el Presidente Kast”, muestran una dificultad para reconocer pulsiones autoritarias cuando estas provienen de un gobierno con el que simpatizan.

Si el proyecto busca concentrar facultades excepcionales en el Ejecutivo, surge una pregunta inevitable: ¿Estarían quienes lo impulsan dispuestos a que un Presidente políticamente distinto del actual disponga mañana de esas mismas atribuciones? La respuesta parece evidente: difícilmente aceptarían que esas herramientas quedaran en manos de un mandatario de signo contrario.

Esa contradicción obliga a plantear una última interrogante: si quienes promueven estas facultades confían en que nunca serán utilizadas por un gobierno adverso, ¿Sobre qué base construyen esa certeza? Y, sobre todo, ¿Qué razones tienen para creer que el futuro político de Chile permanecerá alineado con sus propias convicciones?

Le dejo al lector la respuesta a esta pregunta. Ahora lo que me interesa es comentar parte del contenido de la propuesta de reforma constitucional, para mostrar cómo ella buscar crear una dictadura constitucional.

Las modificaciones al artículo 1: una redundancia para tapar un gaffe

Aquí la reforma es enteramente redundante. El gobierno propone modificar el texto actual, que dispone que “es deber del Estado resguardar la seguridad nacional, dar protección a la población y a la familia”, de modo que ahora disponga “resguardar la seguridad nacional y la seguridad pública, dar protección a la población y a la familia”. Entre la seguridad nacional y la protección a la población está evidentemente ya incluida la idea de seguridad pública.

Quizás esta reforma está incluida para ocultar el evidente desconocimiento del texto constitucional que el Presidente mostró cuando anunció su agenda de seguridad, en que sostuvo que “por primera vez el Estado va a decir en su propia Constitución que proteger a su gente no es una opción más, sino una obligación”.

Como el inciso 5 del artículo 1 ya dispone que es deber del Estado “proteger a la población”, esta afirmación presidencial fue… enojosa. Y como eliminar toda reforma al inciso 5 sería una manera de reconocer esta gaffe, es razonable pensar que la redundancia que se sugiere tiene la sola finalidad de evitar este reconocimiento.

2. Régimen especial para condenados por crimen organizado y terrorismo

Parte del contenido del nuevo artículo 9bis propuesto es redundante y entonces enteramente innecesario. Es claro que no se necesita una reforma constitucional para que la ley, al crear un delito o modificar uno existente, le atribuya a la realización de los hechos respectivos una sanción penal. La sanción penal es por definición una afectación de derechos. Salvo casos específicos en que el texto constitucional prohíbe o limita determinadas sanciones (como la pena de muerte en el artículo 19 número 1, o la pérdida de derechos previsionales en el artículo 19 número 7h), en principio la ley puede restringir derechos como sanción penal, sujeta a un estándar común de proporcionalidad. Que el texto constitucional disponga, como quiere el gobierno, que la ley (de quórum calificado) “determinará las penas y medidas especiales” para resguardar la seguridad pública es de nuevo redundante. Lo mismo debe decirse respecto de la autorización a la ley para fijar regímenes penitenciarios diferenciados.

Lo que realmente importa en este nuevo artículo 9bis que pretende crearse es la inhabilidad de “los condenados por delitos referidos a crimen organizado y conductas terroristas” para acceder a “prestaciones financiadas con recursos públicos”, respecto de los derechos de protección de la salud (artículo 19 número 9), educación (número 10), la libertad de trabajo (número 16) y la seguridad social (número 18).

Que la ley puede restringir derechos como sanción penal, como ya está dicho, es obvio. Entonces, si esta inhabilidad que la ley puede crear es en realidad parte del contenido de la sanción penal de esos hechos, no es necesaria una regla constitucional que lo autorice. Pero la propia propuesta se refiere a una inhabilidad que dura quince años adicionales al cumplimiento de la condena que les hubiere sido impuesta a los afectados. Es decir, en la lógica del proyecto se trata de una inhabilidad adicional a la condena penal recibida. Esta inhabilidad solo puede ser entendida como una pena penal adicional a la contenida en la ley.

Ahora bien, fijar constitucionalmente penas penales es algo que repugna al constitucionalismo, y en la tradición constitucional chilena recuerda el infame artículo 8 del texto constitucional original de 1980, que hacía precisamente eso. Entonces, corresponde preguntarse por qué el gobierno cree necesario crear constitucionalmente esta pena penal adicional de suspensión de prestaciones sociales.

La respuesta es relativamente clara. El gobierno sabe que esa pena es incompatible con los derechos fundamentales, y busca fijarla en el texto constitucional con la finalidad de dejarla a salvo de impugnaciones de constitucionalidad. De hecho, la versión de esta reforma que circuló informalmente incluía precisamente una declaración constitucional de que las medidas adoptadas en virtud de lo dispuesto en este artículo no podrían ser consideradas discriminatorias. Aunque esta declaración fue eliminada del proyecto presentado, por la grosería constitucional que significaba, ella muestra el sentido de la regla todavía propuesta.

Hay también una reflexión que hacer acerca de la intensidad con la que el gobierno ha empujado la idea de que lo que ahora llama “prestaciones financiadas con recursos públicos” han de perderse como consecuencia de la comisión de un hecho ilícito o de otro modo objetable (“incivilidades”). Aquí lo que hay es algo que no se refiere a las incivilidades, conductas terroristas o crimen organizado (hay cierta ironía en esa enumeración), sino a los derechos sociales. Lo que el gobierno quiere fijar en la ley y en la constitución es la idea de que no hay derechos sociales, hay beneficios sociales, que imponen a quien los recibe un deber de gratitud cuya infracción sería el fundamento de estas inhabilidades.

3. El registro de organizaciones criminales

El proyecto propone crear “registros de organizaciones criminales”. Esto registros parecen ser de alguna importancia, porque se propone una cuidadosa regulación constitucional de su confección: el Presidente declara la inclusión en él de una organización, previo informe fundado del Ministerio Público o del Consejo de Seguridad Nacional, y esa propuesta presidencial debe ser ratificada por el Senado por dos tercios de sus miembros en ejercicio. Pero a pesar de esta aparente importancia, el proyecto no dice nada de las consecuencias del registro, salvo una frase ininteligible: que la inclusión en el registro “producirá efectos en la determinación de la responsabilidad penal de sus integrantes”. Afirmar que la inclusión en el registro producirá efectos en la responsabilidad penal de alguien sin especificar qué efectos y cómo los producirá parece enteramente vacío.

Es decir, lo que se pretende es autorización constitucional para la creación de un registro cuyos términos y consecuencias no están siquiera genéricamente sugeridas. Es un cheque en blanco constitucional. El hecho de que la decisión sea del presidente de la república con acuerdo del Senado, por otro lado, muestra el sentido político, no judicial de este registro.

4. Un nuevo estado de excepción

El proyecto también propone crear un nuevo estado de excepción constitucional, “de seguridad pública”. Esta es la reforma más significativa propuesta e implica la constitucionalización de la dictadura.

Este estado de excepción podría, conforme a lo propuesto, ser declarado unilateralmente por el Presidente de la República y podrá extenderse hasta por 120 días prorrogables por otros 120, solo después de lo cual, y para “sucesivas prórrogas”, será necesaria la aprobación del Congreso. Es decir, se trata de un estado de excepción que no requiere nada más que la sola voluntad del Presidente para regir por hasta 240 días.

En la regulación actualmente vigente de estados de excepción la necesidad de que un estado de excepción comience a regir antes de que el Congreso pueda pronunciarse es reconocida, pero la comparación con lo que se propone muestra la enormidad propuesta.

Conforme al artículo 40 vigente, el estado de asamblea y el estado de sitio han de ser declarados por el presidente de la república, con acuerdo del Congreso. El acuerdo del Congreso, sin embargo, puede tomar tiempo, y entonces el texto constitucional vigente dispone que el Congreso tiene un plazo de cinco días para pronunciarse, y que el Presidente puede aplicar el estado de excepción en cuestión inmediatamente, a la espera del pronunciamiento del Congreso. Sin embargo, mientras el Congreso no se ha pronunciado, el estado de excepción solo permite restringir el derecho de reunión.

En el caso del estado de emergencia, el presidente puede declararlo unilateralmente hasta por 15 días, prorrogables por igual término, y para sucesivas prórrogas requiere el acuerdo del Congreso. Sin embargo, el estado de emergencia solo justifica restringir (no “suspender”) el derecho de reunión y la libertad de locomoción.

Nótese: cuando es en virtud de la sola voluntad del presidente, el estado de sitio o de excepción solo puede regir por cinco días, y solo puede afectar la libertad de reunión; el estado de emergencia, por su parte, puede regir hasta por 30 días, afectando solo el derecho de reunión y la libertad de locomoción.

A diferencia de todo lo anterior, la propuesta pretende crear un estado de excepción que puede regir por hasta 240 días con la sola voluntad del Presidente, y durante ese estado de excepción el presidente podrá suspender o restringir la libertad personal y de locomoción, el derecho de reunión, el derecho de asociación, disponer requisiciones de bienes y abrir o registrar documentos y toda clase de comunicaciones.

El mensaje busca bajar el perfil a esta extraordinaria amplitud del estado de excepción propuesto, destacando que “solo podrán afectarse los derechos fundamentales expresamente indicados”, como si esto fuera algo digno de ser notado, y no una característica de la esencia de la regulación constitucional del estado de excepción. Y el mensaje no cree oportuno notar que esos “derechos fundamentales expresamente indicados”, que pueden ser no solo restringidos sino además suspendidos, forman un conjunto más amplio que el referido actualmente para el estado de sitio, y solo comparables al estado de asamblea, que es consecuencia de una guerra externa (y en ambos casos con aprobación del Congreso Nacional).

Por consiguiente la cuestión es: ¿Qué decir de un Presidente que puede, por su sola voluntad unilateral y por hasta 240 días, suspender la libertad personal de las personas e interceptar sus comunicaciones, suspender el derecho de asociación y de reunión? La palabra habitual para describir esto es “dictadura”. Las facultades que el gobierno busca para sí solo son comparables con las facultades que la disposición 24 transitoria del texto original de la Constitución de 1980 (probablemente la más vergonzosa de la tradición constitucional chilena) daban a Pinochet.

Por : Fernando AtriaAbogado, profesor de Derecho de la U. de Chile, exconvencional constituyente.


26 agosto 2026

Jaime Bellolio y Tomás Vodanovic, alcaldes de Providencia y Maipú


El alcalde de Providencia Jaime Bellolio y su par de Maipú Tomás Vodanovic, estuvieron con Daniel Matamala explicando la siete propuestas hechas en conjunto para solucionar problemas estructurales para el desarrollo de Chile.

Cabe destacar que esta carta con las siete agendas, ha generado revuelo en el mundo político ya que ambos ediles son antagonistas en sus ideologías. Revisa la entrevista completa.

Oposición va por Quiroz: busca 62 votos para investigarlo y lleva sus polémicos vínculos a Contraloría




o que comenzó como una polémica por los vínculos empresariales de Jorge Quiroz ahora amenaza con instalarse en el Congreso. La oposición prepara una comisión investigadora y ya puso los antecedentes sobre la mesa de Contraloría.

La oposición no pretende soltar el caso del ministro de Hacienda, Jorge Quiroz. Este lunes comenzará formalmente la ofensiva para crear una comisión investigadora por eventuales conflictos de interés, mientras Contraloría, el SEA, Sernageomin y Hacienda ya fueron oficiados para transparentar el seguimiento de proyectos ligados a su entorno.

En la mira están Alto Santorini, iniciativa inmobiliaria vinculada a su hermano, y NX Uno de Peine, perteneciente al Grupo Errázuriz, conglomerado que contrató en 2025 a la antigua consultora del cuestionado ministro.

Quiroz ha rechazado los emplazamientos y Hacienda insiste en que no interviene en la aprobación ambiental de los proyectos. La oposición, sin embargo, no quedó conforme y ahora busca abrir la caja negra del mecanismo creado para acelerar inversiones.

Oposición lleva a Jorge Quiroz a Contraloría

Los diputados del Frente Amplio Ignacio Achurra, Jaime Bassa y Constanza Schonhaut, oficiaron a Contraloría, Hacienda, el Servicio de Evaluación Ambiental (SEA) y Sernageomin.

Buscan transparentar cómo funciona el denominado Comité de Proyectos en el SEIA, instancia coordinada desde Hacienda para hacer seguimiento a iniciativas consideradas prioritarias y agilizar su tramitación.

Entre otros antecedentes, solicitaron conocer el instrumento mediante el cual se creó, la lista de proyectos priorizados desde el 11 de marzo, los criterios utilizados para seleccionarlos y las actas, comunicaciones e instrucciones enviadas a otros organismos.

También pidieron que Contraloría se pronuncie sobre la legalidad de la instancia y un eventual deber de abstención de Quiroz.

“A propósito del potencial conflicto de interés y falta de probidad del ministro Quiroz (…) hemos presentado un requerimiento a la Contraloría para que se pronuncie sobre la legalidad del comité de proyectos en el SEIA”, señaló Ignacio Achurra.

Añadió que el mecanismo “lo creó el ministro Quiroz desde el Ministerio de Hacienda sin ninguna base legal, no tiene actas públicas y ha tenido como objeto apurar proyectos para su aprobación, proyectos que han beneficiado directamente a familiares del ministro Quiroz”.

Comisión investigadora entra en carrera

Y la ofensiva no termina ahí. Este lunes el Frente Amplio presentará formalmente la solicitud para crear una Comisión Especial Investigadora (CEI) destinada a indagar eventuales conflictos de interés y el funcionamiento de los mecanismos impulsados desde Hacienda para acelerar proyectos.

Según fuentes de BioBioChile, la iniciativa ya fue conversada con toda la oposición y cuenta, en principio, con el respaldo de la DC, Partido Liberal, PPD, PS, PC y Frente Amplio.

Ahora deberán reunir las 62 firmas necesarias. Como esta semana es distrital, la expectativa es conseguirlas durante estos días y, al regreso de los parlamentarios, llevar la solicitud a la Sala.

Ahí vendrá una segunda prueba: necesitarán nuevamente al menos 62 votos para crear la comisión. Recién entonces podrán nombrarse sus integrantes y comenzar la investigación.

“Las actitudes del ministro Quiroz están generando serias dudas respecto a la transparencia y probidad de algunas de sus actuaciones que podrían indicar tráfico de influencias o incluso conflictos de interés”, sostuvo el diputado Jaime Bassa.

Los cuestionamientos apuntan a Alto Santorini, proyecto de US$43,6 millones ligado a Víctor Quiroz, hermano del ministro; y a NX Uno de Peine. En este último caso, el vínculo es profesional. En 2025, el Grupo Errázuriz contrató a Quiroz & Asociados para elaborar un estudio en el que participaron Jorge Quiroz y Tomás Bunster, quien actualmente trabaja en Hacienda y participa del seguimiento de proyectos prioritarios.

NX Uno estuvo dentro de esa cartera y terminó obteniendo luz verde ambiental en mayo de 2026, luego de sucesivas calificaciones desfavorables.

Quiroz y Hacienda se defienden

El ministro ha negado que Hacienda tenga incidencia sobre el resultado de las evaluaciones.

“El Ministerio de Hacienda no tiene ninguna decisión que tomar respecto de ningún proyecto de evaluación”, afirmó recientemente, asegurando que el mecanismo solo busca reducir los tiempos de tramitación.

“Todo lo que se ha señalado es absolutamente falso y no sé qué más puedo decir”, sostuvo Quiroz.

Hacienda también respondió a BioBioChile por NX Uno. La cartera aseguró que las decisiones ambientales corresponden al SEA y al Comité de Ministros y sostuvo que el servicio prestado en 2025 por la antigua consultora de Quiroz al Grupo Errázuriz fue “ajeno a la tramitación ambiental” del proyecto.

Pero las explicaciones no cerraron el flanco. Ahora la discusión pasa a la fiscalización: la oposición buscará reunir los votos para abrir una investigación en la Cámara, mientras Contraloría deberá pronunciarse sobre los antecedentes puestos sobre la mesa. 

Plan para destrabar inversiones del ministro Quiroz también benefició a empresa de la que él fue consultor

 


En mayo de este año, el Comité de Ministros dio luz verde al proyecto Planta de Producción de Sales de Potasio en el Salar de Atacama, del Grupo Errázuriz, avaluado en US$142 millones. La iniciativa había sido rechazada en cuatro gobiernos y ahora fue aprobada pese a un informe negativo del Sernageomin. Se trata de uno de los proyectos de inversión apalancados por el sistema creado por el ministro Jorge Quiroz para acelerar aprobaciones ambientales. En 2025 el Grupo Errázuriz contrató la consultora de Quiroz y le encargó elaborar un informe sobre la alianza para la explotación del litio entre Codelco y SQM. Uno de los autores del estudio es el coordinador de Regulación Económica del Ministerio de Hacienda, Tomás Bunster, quien fue designado por Quiroz para monitorear el avance de los proyectos en tramitación ambiental.

Créditos imagen de portada: Agencia Uno.


El proyecto inmobiliario Alto Santorini, entre cuyos propietarios está el hermano del ministro de Hacienda, Jorge Quiroz, no es la única iniciativa conectada a ese secretario de Estado que ha sido beneficiada por la estrategia del gobierno para apurar inversiones que están estancadas en la tramitación de sus permisos ambientales (vea acá el reportaje de CIPER sobre Alto Santorini). El 7 de mayo pasado, el Comité de Ministros aprobó el recurso de reclamación de la Sociedad Legal Minera NX Uno de Peine, del Grupo Errázuriz, con lo que fue autorizado su proyecto “Planta de Producción de Sales de Potasio en el Salar de Atacama”. En 2025, ese mismo conglomerado contrató a la consultora del ministro -Quiroz & Asociados- para realizar un estudio acerca de la factibilidad económica de la alianza para la explotación del litio entre Codelco y SQM, el que fue difundido por el propio Quiroz en la prensa (vea acá una nota de T13 Radio). 

En marzo, el gobierno incluyó a la minera del Grupo Errázuriz dentro de los 51 proyectos de inversión prioritarios para esta administración. La iniciativa llevaba 17 años en tramitación ambiental y había sido rechazada en cuatro gobiernos, porque nunca respondió un requerimiento del Servicio Nacional de Minería y Geología (Sernageomin). Ahora fue finalmente aprobada pese al informe negativo de ese mismo servicio.

Este permiso para el Grupo Errázuriz es resultado de una política diseñada por el Ministerio de Hacienda bajo el liderazgo de Quiroz para agilizar la tramitación de proyectos detenidos en su proceso de autorización ambiental, lo que el oficialismo denomina “permisología”. Esta política se ejecuta a través de una instancia también creada bajo la gestión de Quiroz: el Comité de Proyectos en el SEIA (Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental), compuesto por las subsecretarías de Economía, Interior, Medioambiente y Hacienda. El objetivo de este grupo es agilizar la tramitación ambiental de los proyectos, haciendo un seguimiento en detalle de cada etapa del proceso, alertando y apurando a los funcionarios públicos que intervienen, para que finalmente las autoridades competentes puedan conceder la autorización. 

De hecho, antes de convertirse en ministro, en enero pasado, Quiroz anunció en El Mercurio su iniciativa: “«Estamos construyendo un programa de gestión para advertir a cada ministro, con semanas de anticipación, cuándo algún subordinado debe emitir un informe y lo obliga a hacerse responsable de esa respuesta (…). Eso requiere de una coordinación estrecha, que se hará desde Hacienda”. 

La persona que Quiroz dejó a cargo de hacer el seguimiento a los proyectos de inversión monitoreados por el Ministerio de Hacienda es Tomás Bunster, actual coordinador de Regulación Económica y jefe de los Coordinadores de Hacienda. Bunster tiene el mismo nexo de Quiroz con el Grupo Errázuriz, el conglomerado cuya inversión en el Salar de Atacama fue favorecida con la política de acelerar trámites que está a su cargo: fue uno de los autores del informe de consultoría elaborado por Quiroz & Asociados sobre la alianza entre Codelco y SQM.

La investigación de CIPER constató que no se elaboran actas de las sesiones del Comité de Proyectos en el SEIA, por lo que no se puede saber cuáles son los criterios para abordar unos proyectos antes que otros o para citar a determinados funcionarios sectoriales. Tampoco hay registros de los informes ni de los análisis hechos por Hacienda sobre las iniciativas que se busca acelerar.

Salar de Atacama (Créditos: Ariel Marinkovic / Agencia Uno).

El INTENTO DE DESMENTIDO DE QUIROZ

Tras la publicación del reportaje de CIPER “Plan de Quiroz contra la “permisología” permitió aprobar millonario negocio de su hermano a pesar de informe negativo del Sernageomin”, el ministro de Hacienda declaró a Radio Biobío que lo informado en ese artículo era “totalmente falso”, porque a él no le compete la aprobación de ningún proyecto. Pero, su desmentido carece de sustento, puesto que ese reportaje no dice que él haya aprobado el proyecto de su hermano. Lo que dice el artículo es que él creo un sistema para acelerar la tramitación ambiental de proyectos de inversión y que ese mecanismo apuró la aprobación de la iniciativa por parte de las autoridades que tienen la facultad legal de conceder las autorizaciones. 

De hecho, en la siguiente frase de esa intervención del ministro Quiroz, él reafirma lo que se sostiene en el reportaje de CIPER: “Las políticas del gobierno lo que han hecho es apurar los procesos de toma de decisiones de los organismos, sin empujar posiciones negativas o positivas”.

En el caso del proyecto del Grupo Errázuriz, la situación es la misma que lo ocurrido con la iniciativa de su hermano, incluyendo el hecho de que la autorización se concedió a pesar de los informes negativos del Sernageomin. 

A inicios del gobierno del Presidente José Antonio Kast, la relación de Quiroz con el Grupo Errázuriz fue objeto de críticas por parte del exministro de Medio Ambiente, Marcelo Mena, quien, a propósito de los cuestionamientos hechos por el ministro de Hacienda a la administración de Máximo Pacheco en Codelco, escribió en su cuenta de “X” (ex Twitter): “El ministro de Hacienda critica a Codelco habiendo sido consultor de las empresas que quedaron fuera del acuerdo. Hubo un momento que eso generaba inhabilidades como lo establecen las leyes 20.880 y 19.880. Pero son tiempos nuevos donde esas cosas pasan coladas”.

En respuesta al emplazamiento del exministro Mena desde Hacienda señalaron a La Tercera que: “La asesoría a la que se hace referencia no corresponde a una actividad como persona natural, sino a una prestación realizada por una persona jurídica”.

Debido a que los informes realizados por Hacienda para el Comité de Proyectos en el SEIA no son públicos, ni tampoco existen actas de las sesiones del comité, por lo que no es posible conocer el detalle de las instrucciones emanadas desde la cartera de Quiroz, el diputado Jaime Bassa (FA) anunció que oficiará al Sistema de Evaluación Ambiental (SEA) y otros organismos, con el objetivo de “revisar cómo se tomaron las decisiones” y entregar garantías de que el proceso se desarrolló con imparcialidad. Por su parte, el diputado Daniel Manouchehri (PS) adelantó que oficiará a la Contraloría para que se pronuncie.

Jorge Quiroz, ministro de Hacienda (Créditos: Óscar Guerra / Agencia Uno)

LUZ VERDE PARA EL GRUPO ERRÁZURIZ

Fueron los ministros Jaime Campos (Agricultura), Francisca Toledo (Medio Ambiente), Daniel Mas (Economía y Minería) y May Chomalí (Salud), los que dieron luz verde al proyecto “Planta de Producción de Sales de Potasio en el Salar de Atacama”, del Grupo Errázuriz. La iniciativa llevaba 17 años en proceso de tramitación y su permiso ambiental había sido rechazado en cuatro gobiernos porque su titular nunca presentó un estudio -requerido por el Servicio Nacional de Geología y Minería (Sernageomin)- que midiera la posible infiltración de sales de descarte hacia aguas subterráneas del Salar de Atacama.

Al igual que en el caso del proyecto inmobiliario Alto Santorini, los ministros de gobierno optaron por ignorar la advertencia del Sernageomin. La empresa deberá presentar directamente ante ese servicio los antecedentes requeridos, pero ya fuera del proceso de tramitación ambiental, en la etapa de tramitación sectorial; en esta última instancia, el Ministerio de Hacienda preside el Comité Económico, integrado por Economía e Interior, esta instancia fue creada en la Ley 21.770 de permisos sectoriales.

En agosto de 2025, cuando Jorge Quiroz ya lideraba el equipo económico de la campaña de José Antonio Kast, anunció las primeras medidas que tomaría contra la “permisología” en un futuro gobierno del Partido Republicano: «Se convoca al Consejo de Ministros y se aprueban los US$7 mil millones que están ahí parados, esperando a que se reúnan», dijo en un seminario de Clapes UC. Fue justamente esta instancia la que terminó con los 17 años de tramitación en el SEIA de la iniciativa de la Sociedad Legal Minera NX Uno de Peine, del Grupo Errázuriz.

Para esa fecha, el proyecto minero había sido rechazado por el SEA de Antofagasta, y sus dueños preparaban un recurso de reclamación en el que solicitaron que se aprobara la iniciativa. Ante éste nuevo requerimiento, el servicio ambiental pidió al Sernageomin responder si la empresa cumplió con los criterios técnicos para obtener su permiso. No fue hasta el 23 de marzo de 2026 que el servicio sectorial respondió concluyendo que en los estudios de la minera persistían incertidumbres para poder descartar efectos sobre el flujo subterráneo del salar (vea aquí esa resolución). 

Cuatro días después, pese a que Sernageomin manifestó que los antecedentes presentados por Grupo Errázuriz no eran concluyentes, el SEA, dirigido por Arturo Farías, insistió con un nuevo oficio y solicitó a ese servicio responder si los antecedentes técnicos de la minera eran suficientes para obtener el permiso sectorial y que, además, el propio Sernageomin determinara si las potenciales infiltraciones que se generarían al subsuelo (….), serían capaces de generar una eventual contaminación que perturbe flujos de agua subterránea o superficiales”. 

El 9 de abril, el organismo sectorial insistió: “Desde el punto de vista técnico, los antecedentes presentados no permiten acreditar que las potenciales infiltraciones asociadas al apilamiento de sales de descarte no sean capaces de generar una eventual contaminación susceptible de perturbar flujos de agua subterránea o superficiales”. 

A pesar del rechazo del organismo técnico competente -en dos ocasiones distintas-, el Comité de Ministros resolvió que los requerimientos del Sernageomin se extralimitaron debido a que “se extendió a materias que no contendrían un vínculo causal con los resultados de la nueva modelación hidrológica presentada por el Titular” (vea aquí resolución).

Los ministros de gobierno optaron por aplazar la entrega del informe requerido por Sernageomin , dejándolo fuera de la tramitación ambiental y establecieron que la empresa debe presentar el estudio antes de su operación, con los mismos antecedentes que ya le habían sido requeridos, pero en su etapa de tramitación sectorial.

Hasta la fecha se han presentado dos reclamaciones ante el Primer Tribunal Ambiental de Antofagasta para anular la resolución. Las comunidades atacameñas de Toconao y de Peine, reclaman que las observaciones que hizo Sernageomin durante la evaluación debieran haber sido subsanadas en el proceso de evaluación.