Tras un juicio abreviado, el tribunal acreditó que el oficial presentaba antecedentes falsos para obtener autorización judicial e interceptar llamadas telefónicas de periodistas y militares. El juez, a sabiendas, daba la autorización necesaria.
Luego seis años de investigación judicial, el Séptimo Juzgado de Garantía de Santiago dictó un veredicto condenatorio contra los dos principales imputados del caso Operación Topógrafo: el exministro de la Corte de Apelaciones de Copiapó Juan Antonio Poblete y el general (r) del Ejército Schafik Nazal.
Según se estableció en la sentencia, ambos deberán permanecer bajo el régimen de libertad vigilada intensiva durante cinco años por interceptar telefónicamente de manera ilegal a periodistas y ex funcionarios del Ejército que habían denunciado irregularidades en la institución. Previamente, como imputados, recayó sobre ellos la medida cautelar de prisión preventiva por dos años y luego arresto domiciliario total.
Desde la Fiscalía Centro Norte informaron que se trata de la primera condena de este tipo en el país. Tras un juicio abreviado, el tribunal acreditó que el Nazal, como jefe de la Dirección de Inteligencia del Ejército (DINE), presentaba antecedentes falsos para obtener autorización judicial y así interceptar comunicaciones privadas. Estas interceptaciones, a su vez, eran autorizadas por el entonces juez Poblete, a sabiendas de la falsedad de los datos. Al menos en 15 ocasiones se hicieron escuchas telefónicas al margen de la ley.
El caso fue bautizado como Operación Topógrafo, debido a que funcionarios del Ejército denominaron así la supuesta operación de inteligencia que derivó en espionaje. Este nombre, a su vez, tuvo su origen en una de las acepciones de la palabra topo, que se usa para denominar a una persona que se infiltra dentro de una organización y actúa al servicio de otros.
Weibel valora fallo
A modo de ejemplo, desde la defensa de una de las víctimas, el periodista Mauricio Weibel —quien en ese entonces investigaba el caso de corrupción al interior del Ejército conocido como Milicogate— sostuvieron que la orden de escucha fraudulenta que contenía el número telefónico de Weibel estaba caratulada con el nombre de una inmigrante irregular, a quien acusaron falsamente de ser una agente extranjera.
“Este fallo inédito en la historia judicial del mundo marca un precedente de máxima importancia para la defensa de la libertad de expresión, pues constituye una señal clara de que no puede haber impunidad para quienes agreden a periodistas, en especial a aquellos que investigamos casos de corrupción e interés público”, valoró Weibel.
¿Qué es la “Operación Topógrafo”? Corte Suprema dejó en libertad a juez formalizado.
La Corte Suprema acogió este lunes el recurso de protección presentado por el ex juez Juan Antonio Poblete de la Corte de Apelaciones de Santiago. El ex ministro se encontraba en prisión preventiva en Copiapó desde el 3 de mayo cuando fue formalizado en el marco del desarrollo de la denominada “Operación Topógrafo”.
El máximo tribunal del país resolvió dejarlo en libertad después de que la Fiscalía de Alta Complejidad lo acusó de cometer 19 delitos de los cuales siete eran por falsificación de instrumento público y 12 por interceptación de llamadas telefónicas.
“En fallo de mayoría (causa rol 119.554-2023), la Segunda Sala del máximo tribunal –integrada por los ministros Manuel Antonio Valderrama, Jorge Dahm, Leopoldo Llanos, la ministra María Teresa Letelier y el abogado (i) Diego Munita– estableció actuar arbitrario al decretar la cautelar de prisión preventiva, sin haberse declarado admisible la querella de capítulos correspondiente, debido a que el amparado habría cometido los delitos cuando ejercía como juez de la República”, informó el Poder Judicial.
“Que la necesidad de la declaración de admisibilidad de la querella de capítulos respecto de un juez se funda, como ya se expresó, en la necesidad de mantener a salvo la independencia judicial y no en la protección de la persona que desempeña dicha función, por lo que es necesario mantener tal exigencia, aunque el magistrado haya cesado en su función, desde que lo que importa es salvaguardar una de las bases de la organización del Poder Judicial, que garantiza la imparcialidad del juzgador, la que se vería mermada si, una vez terminado su ministerio por cualquier causa, pudiera ser perseguido, sin la necesidad de verificar la plausibilidad de la atribución de responsabilidad penal efectuada por la Corte de Apelaciones respectiva”, agregó la resolución de la Corte Suprema.
¿Qué es la “Operación Topógrafo?
La decisión de la Corte Suprema sobre la prisión preventiva en la que se encontraba el juez Juan Antonio Poblete se enmarca en la investigación denominada “Operación Topógrafo”. Esta causa nace por la investigación que realizó el periodista Mauricio Weibel al interior del Ejército luego de la denuncia de algunos funcionarios que desclasificaron hechos de corrupción.
En este proceso, el profesional fue espiado al igual que los denunciantes. “La Corte Suprema decidió dejar en libertad al ex juez Juan Poblete, quien falsificó documentos públicos para autorizar un espionaje militar en mi contra, cuando yo investigaba los casos masivos de corrupción militar”, expresó.
“Los jueces sostuvieron que Poblete, aunque ya no es juez, debía ser sometido a un antejuicio (querella de capítulos). El magistrado Leopoldo Llanos votó en contra de esta tesis, sosteniendo que la solicitud era “improcedente”. Por cierto, la decisión de la Corte es contraria a la jurisprudencia y constituye un retroceso en la defensa de la libertad de expresión”, complementó Weibel.
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